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Evaluación de Impacto Ambiental

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Por '''Evaluación de Impacto Ambiental ó EIA''' entendemos al proceso de evaluación de los efectos de un proyecto sobre el medio ambiente receptor hasta su posterior aprobación por parte de la autoridad ambiental competente. Este proceso involucra distintas acciones y procedimientos:  
 
Por '''Evaluación de Impacto Ambiental ó EIA''' entendemos al proceso de evaluación de los efectos de un proyecto sobre el medio ambiente receptor hasta su posterior aprobación por parte de la autoridad ambiental competente. Este proceso involucra distintas acciones y procedimientos:  
  
** Presentación del proyecto a las autoridades y categorización
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** Presentación del proyecto a las autoridades y categorización
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[[Archivo:Draga y naturaleza.jpg|thumb|right|300px|Garza real en muelle. Puerto del Callao, Perú]]
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** • Realización de un estudio técnico, generalmente denominado [[Estudio de Impacto Ambiental (EsIA)]] incluyendo: descripción de las acciones de proyecto; definición de un área de intervención o de afectación directa de las obras propuestas y de influencia; descripción diagnóstica del medio natural y socioeconómico; identificación y evaluación de los efectos o impactos del proyecto; definición de medidas de mitigación de los impactos negativos o efectos adversos, potenciación de los beneficios o impactos positivos y/o de gestión responsable para la implementación de los trabajos; definición de todo un Plan de Gestión Ambiental y monitoreo ambiental para la ejecución del proyecto.
  
** Realización de un estudio técnico, generalmente denominado [[Estudio de Impacto Ambiental (EsIA)]] incluyendo: descripción de las acciones de proyecto; definición de un área de intervención o de afectación directa de las obras propuestas y de influencia; descripción diagnóstica del medio natural y socioeconómico; identificación y evaluación de los efectos o impactos del proyecto; definición de medidas de mitigación de los impactos negativos o efectos adversos, potenciación de los beneficios o impactos positivos y/o de gestión responsable para la implementación de los trabajos; definición de todo un Plan de Gestión Ambiental y monitoreo ambiental para la ejecución del proyecto.
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** • Presentación del EsIA a la autoridad competente en materia ambiental
  
** Presentación del EsIA a la autoridad competente en materia ambiental
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** • Aprobación, o rectificación, del EsIA: obtención de la licencia ambiental del proyecto
  
** Aprobación, o rectificación, del EsIA: obtención de la licencia ambiental del proyecto
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** • Convocatoria a audiencia pública para exponer los detalles del proyecto y los resultados del EsIA.
  
** Convocatoria a audiencia pública para exponer los detalles del proyecto y los resultados del EsIA.
 
  
 
Existen recomendaciones generales y lineamientos para la realización de estos procedimientos, pero no existe aún un estándar universalmente aceptado.
 
Existen recomendaciones generales y lineamientos para la realización de estos procedimientos, pero no existe aún un estándar universalmente aceptado.
Actualmente, para la mayoría de los proyectos de [[dragado]] [http://www.graduadosportuaria.com.ar/IngDragado/DRA_Tema%201_Generalidades.pdf] usualmente se elabora algún tipo de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), generalmente requerido por la ley o regulaciones, algunas veces simplemente como una componente de una buena y moderna gestión de proyecto.
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En la República Argentina existen distintos esquemas de categorización de proyectos según la jurisdicción que corresponda. Un ejemplo actual es el [http://www.hcder.gov.ar/consulta_leg_rta_uno.php?as_id=%206965 Decreto provincial de Entre Ríos n° 4977/09] donde se establecen 3 categorías para calificar a los emprendimientos o actividades:  
 
En la República Argentina existen distintos esquemas de categorización de proyectos según la jurisdicción que corresponda. Un ejemplo actual es el [http://www.hcder.gov.ar/consulta_leg_rta_uno.php?as_id=%206965 Decreto provincial de Entre Ríos n° 4977/09] donde se establecen 3 categorías para calificar a los emprendimientos o actividades:  
  
i. Categoría 1: de bajo impacto ambiental cuando no presentan impactos negativos o, estos sean mínimos, dentro de lo tolerado y previsto por la legislación vigente; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad involucre riesgos o molestias mínimos a la población y al ambiente.
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** i. Categoría 1: de bajo impacto ambiental cuando no presentan impactos negativos o, estos sean mínimos, dentro de lo tolerado y previsto por la legislación vigente; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad involucre riesgos o molestias mínimos a la población y al ambiente.
  
ii. Categoría 2: de mediano impacto ambiental, cuando pueden causar impactos negativos moderados, pudiendo eliminarse o minimizarse sus efectos mediante medidas conocidas y fácilmente aplicables; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial moderado y en el caso de emergencias o accidentes puedan ocasionar daños moderados a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales.
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** ii. Categoría 2: de mediano impacto ambiental, cuando pueden causar impactos negativos moderados, pudiendo eliminarse o minimizarse sus efectos mediante medidas conocidas y fácilmente aplicables; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial moderado y en el caso de emergencias o accidentes puedan ocasionar daños moderados a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales.
  
iii. Categoría 3: de alto impacto ambiental, cuando pueden presentar impactos ambientales negativos significativos, contemple ó no el proyecto medidas de prevención ó mitigación; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial alto y en caso de emergencias o accidentes pueden llegar a ocasionar daños graves a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales.
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** iii. Categoría 3: de alto impacto ambiental, cuando pueden presentar impactos ambientales negativos significativos, contemple ó no el proyecto medidas de prevención ó mitigación; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial alto y en caso de emergencias o accidentes pueden llegar a ocasionar daños graves a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales.
 
La categorización de un emprendimiento en esta jurisdicción se realiza por la Autoridad de Aplicación en función de la declaración efectuada al respecto por los responsables del emprendimiento.
 
La categorización de un emprendimiento en esta jurisdicción se realiza por la Autoridad de Aplicación en función de la declaración efectuada al respecto por los responsables del emprendimiento.
  
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Traducido y adaptado por MID desde [http://www.iadc-dredging.com/index.php?option=com_content&task=view&id=121&Itemid=292 Facts About N° 1/2008]
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Traducido y adaptado de [http://www.iadc-dredging.com/ul/cms/fck-uploaded/documents/PDF%20Facts%20About/facts-about-environmental-impact-assessments.pdf Facts About N° 1/2008]
 
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--[[Usuario:Marcela dabas|MID]] 20:04 24 nov 2012 (GMT+3)
  
 
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Última revisión de 20:14 27 ene 2013