Evaluación de Impacto Ambiental
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En la República Argentina existen distintos esquemas de categorización de proyectos según la jurisdicción que corresponda. Un ejemplo actual es el [http://www.hcder.gov.ar/consulta_leg_rta_uno.php?as_id=%206965 Decreto provincial de Entre Ríos n° 4977/09] donde se establecen 3 categorías para calificar a los emprendimientos o actividades: | En la República Argentina existen distintos esquemas de categorización de proyectos según la jurisdicción que corresponda. Un ejemplo actual es el [http://www.hcder.gov.ar/consulta_leg_rta_uno.php?as_id=%206965 Decreto provincial de Entre Ríos n° 4977/09] donde se establecen 3 categorías para calificar a los emprendimientos o actividades: | ||
− | i. Categoría 1: de bajo impacto ambiental cuando no presentan impactos negativos o, estos sean mínimos, dentro de lo tolerado y previsto por la legislación vigente; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad involucre riesgos o molestias mínimos a la población y al ambiente. | + | ** i. Categoría 1: de bajo impacto ambiental cuando no presentan impactos negativos o, estos sean mínimos, dentro de lo tolerado y previsto por la legislación vigente; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad involucre riesgos o molestias mínimos a la población y al ambiente. |
− | ii. Categoría 2: de mediano impacto ambiental, cuando pueden causar impactos negativos moderados, pudiendo eliminarse o minimizarse sus efectos mediante medidas conocidas y fácilmente aplicables; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial moderado y en el caso de emergencias o accidentes puedan ocasionar daños moderados a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales. | + | ** ii. Categoría 2: de mediano impacto ambiental, cuando pueden causar impactos negativos moderados, pudiendo eliminarse o minimizarse sus efectos mediante medidas conocidas y fácilmente aplicables; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial moderado y en el caso de emergencias o accidentes puedan ocasionar daños moderados a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales. |
− | iii. Categoría 3: de alto impacto ambiental, cuando pueden presentar impactos ambientales negativos significativos, contemple ó no el proyecto medidas de prevención ó mitigación; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial alto y en caso de emergencias o accidentes pueden llegar a ocasionar daños graves a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales. | + | ** iii. Categoría 3: de alto impacto ambiental, cuando pueden presentar impactos ambientales negativos significativos, contemple ó no el proyecto medidas de prevención ó mitigación; ó cuando el funcionamiento del emprendimiento ó actividad constituya un riesgo potencial alto y en caso de emergencias o accidentes pueden llegar a ocasionar daños graves a la comunidad, al ambiente o a los bienes materiales. |
La categorización de un emprendimiento en esta jurisdicción se realiza por la Autoridad de Aplicación en función de la declaración efectuada al respecto por los responsables del emprendimiento. | La categorización de un emprendimiento en esta jurisdicción se realiza por la Autoridad de Aplicación en función de la declaración efectuada al respecto por los responsables del emprendimiento. | ||